miércoles, 25 de febrero de 2009

Todo preparado


Durante los próximos días, la Hermandad se dispone a vivir unos días intensos de oración en honor del titular de la cofradía. Este año, además, de forma especial, ya que la Capilla del Cardenal o de San Ildefonso de la S.I. Catedral será la que acogerá por primera vez los cultos de nuestra Hermandad. Esta misma tarde, la Junta Directiva junto al Jefe de paso y algunos cargadores han trasladado la imagen y los diferentes enseres que se utilizarán durante el triduo. Resta el adorno floral y los objetos litúrgicos que mañana rematarán todo el montaje. En principio, está previsto que D. Alfonso Cirac oficie la Eucaristía durante los tres días, ya que nuestro capellán se encuentra fuera de nuestro país, aunque espera poder estar presente en la Asamblea General. De momento, publicamos las fotos de los preparativos a la espera de comenzar los cultos en honor de Ntro. Señor Jesús Luz y Vida. La Semana Santa está cada vez más cerca.













Recordamos el horario de los cultos:


Jueves 26 de Febrero - 20.30

Viernes 27 de Febrero - 20.30

Sábado 28 de Febrero - 19.00


Capilla del Cardenal, S.I. Catedral

Actualidad

El Excmo. y Rvdmo. Señor Obispo de Zamora, D. Gregorio Martínez Sacristán, presidirá la Solemne Eucaristía que se celebrará el próximo 28 de Marzo, Sábado de Lázaro, en la S.I. Catedral a las 20.30. Es un motivo de alegría para la Hermandad que el Prelado de la Diócesis presida una celebración de nuestra cofradía, y más cuando celebramos el XX aniversario de la primera salida procesional de la hermandad.

viernes, 20 de febrero de 2009

Cartel del Triduo

Diseño e imagen de Jesús Salvador.

Este año, la celebración del triduo en honor de Ntro. Señor Jesús Luz y Vida tendrá lugar en la Capilla del Cardenal o de San Ildefonso en la S.I. Catedral, a donde se trasladará la imagen del Señor y donde se celebrará la Eucaristía.

lunes, 16 de febrero de 2009

Cuaresma y Semana Santa 2009




DÍA 26 DE FEBRERO - TRIDUO en honor de Ntro. Señor Jesús Luz y Vida: 20.30 - Capilla del Cardenal - S.I. Catedral.

DÍA 27 DE FEBRERO - TRIDUO en honor de Ntro. Señor Jesús Luz y Vida: 20.30 - Capilla del Cardenal - S.I. Catedral.

DÍA 28 DE FEBRERO - TRIDUO en honor de Nstro. Señor Jesús Luz y Vida: 19.00 - Capilla del Cardenal - S.I. Catedral. - ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA: 20.00 Salón de actos de la Junta Pro Semana Santa - ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA: A continuación.

DÍA 28 DE MARZO - SÁBADO DE LÁZARO: Solemne Eucaristía en honor de Ntro. Señor Jesús Luz y Vida. Acción de gracias por el XX aniversario de la bendición de la imagen y del primer desfile penitencial. Imposición de los medallones a los nuevos hermanos. Besapies a Nstro. Señor Jesús Luz y Vida.

DÍA 4 DE ABRIL - SÁBADO DE DOLORES: 18.00 Eucaristía en la S.I. Catedral. 19.30 Salida del desfile penitencial: Plaza de la Catedral, Plaza de Antonio Aguila, Obispo Manso, Plaza de Arias Gonzalo, Plaza de Fray Diego de Deza, San Ildefonso, Cuesta del pizarro, Avenida de Vigo, Puente de Piedra, Plaza de Belén, Cabañales, Sepulcro y Cementerio, donde se celebrará el Acto - Oración - Ofrenda. Posteriormente, la procesión continuará por la C/ Sepulcro, Cabañales, Plaza de Belén, Puente de Piedra, Avenida de Vigo, Cuesta de Pizarro, San Ildefonso, Arcipreste, Plaza de los Ciento, Rúa de los Notarios y Plaza de la Catedral.

DÍA 5 DE ABRIL - DOMINGO DE RAMOS:
Bendición de Palmas en la Iglesia del Corpus Christi y, a continuación, Procesión y Solemne Misa de la Pasión en la S.I. Catedral.

Día 8 de Abril - MIÉRCOLES SANTO
: Misa Crismal - 11.00

Día 9 de Abril - JUEVES SANTO
: Misa de la Cena del Señor - 17.00 / Hora Santa - 18.30

Día 10 de Abril - VIERNES SANTO
: Solemne Acción Litúrgica de la Pasión del Señor.

DÍA 11 DE ABRIL - SÁBADO SANTO: 10.30 Laudes y Oficios de Lecturas de la Sepultura del Señor / Vigilia Pascual en la S.I. Catedral - 23.00. Al finalizar, procesión por los alrededores de la S.I. Catedral.

Día 12 de Abril - DOMINGO DE RESURRECCIÓN: 10.00 Laudes y Misa de la Resurrección del Señor / 13.00 Solemne Misa Pontifical y Bendición Papal / 18.00 Exposición del Santísimo, Vísperas y procesion Claustral.


miércoles, 11 de febrero de 2009

Proyecto de Estatutos (Capítulo V y VI) - fin

V. ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES

Artículo 31º.- Administración de los bienes


La Cofradía, por ser una asociación pública de fieles, goza de personalidad jurídica propia, por lo que puede adquirir, retener, administrar y enajenar bienes temporales. Es igualmente susceptible de herencias y legados.

La Cofradía es una institución eclesiástica sin ánimo (fin) de lucro, equiparada civilmente a las fundaciones de interés general. Los medios económicos con los que cuenta para la consecución de sus fines son las cuotas, ordinarias y extraordinarias de los hermanos, los donativos anónimos y los recibidos por actividades propias de la Cofradía y las subvenciones que puedan obtenerse de la Junta Pro Semana Santa de Zamora, de las distintas Administraciones y de otra Instituciones o Entidades públicas o privadas.
En todos estos actos de administración deberá ajustarse a lo establecido en el Derecho Canónico.

Para la validez y la licitud de los actos de administración extraordinaria se requiere la aprobación de los mismos por parte de la Asamblea General y la autorización del organismo correspondiente del Obispado, fijado en una cantidad de 6.000 euros.
Deberá presentar anualmente el balance de sus cuentas y sus presupuestos al Obispo diocesano, al igual que el resto de instituciones eclesiales no exentas.

Igualmente, y de acuerdo con el plan diocesano de economía, hará de una manera ordinaria una contribución económica, adaptada a su situación, a la Iglesia diocesana.

Cada cofradía tiene la obligación de velar por la conservación de su patrimonio histórico, artístico y documental.

Para las intervenciones en bienes muebles o inmuebles, propiedad de la Cofradía, con valor histórico o artístico, se deberá contar con la aprobación de la Delegación Diocesana para el Patrimonio y la Cultura, de acuerdo con la normativa diocesana.

VI. MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS Y DISOLUCIÓN DE LA COFRADÍA.

Artículo 32°


La propuesta de modificación de los estatutos deberá ser acordada por la Asamblea General en una única votación válida, con la mayoría de dos tercios de los votos. Para entrar en vigor estas modificaciones necesitan ser aprobadas por el Obispo diocesano.

Artículo 33°

La Cofradía podrá extinguirse por decisión de la Asamblea General extraordinaria, tomada en una única votación con mayoría de dos tercios de votos, aprobada por el Obispo diocesano. Podrá ser suprimida por decisión del Obispo diocesano, como establece el derecho, si la actividad de la Cofradía ocasiona daño grave a la doctrina o disciplina de la Iglesia, o causa escándalo a los fieles.

En el caso de extinción o disolución de la Cofradía, los bienes de la misma serán entregados por la Junta Directiva a instituciones eclesiales situadas dentro de la misma diócesis, que se propongan fines similares a los que figuran en los presentes estatutos y de acuerdo con lo que determine la Asamblea General.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Primera. El Reglamento Interno será elaborado en un plazo no superior a 4 años y presentado a la Asamblea General Extraordinaria para su aprobación a contar desde la fecha de ratificación de los presentes estatutos por parte del Sr. Obispo. Llegando a esta redacción y aprobación en la Asamblea General Extraordinaria el Reglamento Interno, deja de tener validez esta disposición.

martes, 10 de febrero de 2009

Proyecto de Estatutos (Capítulo IV)

IV. ACTIVIDADES DE LA COFRADÍA.

Artículo 27º.- Sábado de Dolores.

En la víspera del Domingo de Ramos, el Sábado de Pasión, conocido popularmente como de Dolores, la Hermandad organizará una procesión penitencial cuyo acto central será la oración-ofrenda que tendrá lugar ante el Crucero del Cementerio de San Atilano. Con este acto, la Hermandad cumple con su fin fundacional, orando por los difuntos y rindiéndoles un digno homenaje a todos aquellos que hicieron posible la Semana Santa de Zamora. Durante el transcurso del desfile, los hermanos de paso portarán la imagen titular de la hermandad, Nstro. Señor Jesús Luz y Vida, y portarán en unas andas la corona floral. El resto de los detalles que determinan ésta procesión se especificarán en el Reglamento Interno de la Hermandad.

Artículo 28º. – Sábado Santo.

En la noche del Sábado Santo, los cofrades de la Hermandad se incorporarán a la celebración de la Vigilia Pascual en la S.I. Catedral, cumpliendo así con el fin específico de esta Hermandad de celebrar la Pascua como culminación de la Semana Santa. A su término, la Hermandad organizará una procesión por las cercanías de la S.I. Catedral como manifestación de la alegría pascual y el cumplimiento de las promesas realizadas por Nstro. Señor Jesucristo. El resto de detalles que determinan esta celebración se especificarán en el Reglamento Interno de la Hermandad.

Artículo 29º. – Cultos cuaresmales.

Durante el período de la Cuaresma, se celebrará en la S.I. Catedral cultos en honor al titular de la Hermandad, Nstro. Señor Jesús Luz y Vida, los cuales servirán a los cofrades para vivir el tiempo de la Cuaresma, así como preparación para los misterios que se celebrarán durante la Semana Santa. En el Reglamento Interno de la Hermandad se especificará la forma y el tiempo en el cual se celebrarán estos cultos, así como todos los detalles necesarios para su realización.

Artículo 30º. – Celebración de los Fieles Difuntos.

A tenor del fin fundacional de la Hermandad, el cual promueve la oración por los difuntos, así como su memoria y el digno recuerdo de todos aquellos que nos precedieron, la Hermandad traslada en los días cercanos a la festividad de los Fieles Difuntos, la imagen de Nstro. Señor Jesús Luz y Vida a la capilla del Camposanto de esta ciudad de Zamora. Además, es necesario remarcar el estrecho lazo que une a esta Hermandad con la Cofradía de las Benditas Ánimas de San Atilano, y por la cual, se establece plena colaboración en todo aquello que esta Hermandad pueda aportar a la ya mencionada cofradía durante la celebración de los Fieles Difuntos. Así, la Hermandad también dispondrá poder celebrar adecuadamente esta conmemoración con aquellas actividades que considere conveniente. En el Reglamento Interno de la Hermandad se desarrollará este artículo.

Las actividades extraordinarias que se programen, deberán contar con la conveniente autorización eclesiástica y/o civil que necesite.

lunes, 9 de febrero de 2009

Proyecto de Estatutos (Capítulo III)

III. GOBIERNO DE LA COFRADÍA

Artículo 10°.- Asamblea General


Es el órgano supremo de gobierno de la Cofradía. Está formada por todos sus miembros de pleno derecho, y tiene las siguientes competencias:

1. Conocer y aprobar la memoria anual de las actividades y la programación para el año siguiente.
2. Examinar y aprobar el estado de cuentas del ejercicio económico anual y el presupuesto ordinario y extraordinario a presentar al Ordinario del lugar para su aprobación.
3. Elegir al Presidente, el cual deberá ser confirmado por el Obispo.
4. Fijar la cantidad que en concepto de cuota, ordinaria o extraordinaria, deban abonar los cofrades.
5. Conocer y aprobar el Reglamento de Régimen Interno de la Cofradía para presentarlo al Obispo.
6. Proponer la modificación de Estatutos y acordar, en su caso, la propuesta de extinción de la Cofradía.
7. Interpretar auténticamente las disposiciones de los Estatutos y del Reglamento de Régimen Interno de la Cofradía.
8. Acordar el cambio de domicilio social.
9. Decidir sobre cualquier otra cuestión importante referente al gobierno y dirección de la Cofradía.

La Asamblea General se reunirá de manera ordinaria al menos una vez al año, fijada el 1er Sábado de Cuaresma. Será convocada por el Presidente con quince días de antelación, mediante comunicación por escrito, que el Secretario dirigirá a todos los miembros. En la convocatoria constará la fecha de la reunión, la hora, el lugar y el orden del día de la misma.

La Asamblea General podrá reunirse de forma extraordinaria cuando lo considere conveniente el Presidente, lo acuerde la Junta Directiva o lo solicite una quinta parte de los cofrades con voz y voto. Deberá igualmente hacerse la convocatoria con orden del día y demás aspectos indicados en el párrafo anterior.

Tienen derecho a voz y a voto todos los hermanos mayores de 18 años y que no estuviesen suspendidos de su condición de hermanos por sanción firme. Podrán ser oídos, también, aquellos hermanos o personas sin derecho a voz ni a voto, si a juicio del que preside lo estimase conveniente. Se cuidará con especial atención las secciones de niños y adolescentes.

La Asamblea General quedará constituida, tanto en materia de acuerdos como para las elecciones, en primera convocatoria, con la mayoría absoluta de sus integrantes, y en segunda convocatoria el número de asistentes no deberá ser inferior al 5% de sus miembros, siempre que la asamblea haya sido convocada con la debida antelación y sus miembros hayan recibido la convocatoria, a tenor de lo dicho anteriormente.

La Asamblea tomará sus decisiones, en materia de acuerdos, con el voto de la mayoría absoluta de los presentes. Si después de dos votaciones no se llegase a la mayoría absoluta, sería suficiente, en la tercera, la mayoría relativa. Si después de dos escrutinios persistiese la igualdad de votos, el Presidente puede resolver el empate con su voto de calidad.

En materia de elecciones, serán válidas cuando sean refrendadas por mayoría absoluta de los presentes. Si no se alcanza la mayoría absoluta, se ha de hacer una segunda votación sobre los dos candidatos que hubieran obtenido el mayor número de votos y se aprobaría por mayoría simple. Si persiste el empate después del segundo escrutinio, queda elegido el de más edad.

En el caso que no se presentaran candidatos, se formará una Comisión Gestora formada por tres miembros nombrados por la Junta Directiva saliente y cuya principal función será convocar elecciones en un tiempo máximo de tres meses, atendiendo las necesidades más urgentes de la Hermandad.

A no ser que los estatutos digan lo contrario, queda excluida la facultad de votar por carta o por procurador.

Artículo 11°.- Junta Directiva

La Junta Directiva es el órgano ejecutivo de la Hermandad, y estará integrada por el Presidente, Vicepresidente, Secretario, Vicesecretario (con funciones de archivero), Tesorero y un número determinado de vocales para atender las diversas tareas de la Hermandad, como son un Vocal Cotanero, un Vocal Organizador del Desfile, Vocal de protocolo y comunicación, vocal de caridad, vocal de liturgia y vocal de hermanos de paso. Todos ellos tienen voz y voto y son nombrados por el Presidente. El capellán será convocado a las reuniones de la Junta Directiva donde tendrá voz, pero no voto (cfr. art. 14). En el Reglamento Interno de la Hermandad se regulará el número de vocales necesarios para el desarrollo de las funciones de la Junta Directiva, determinado por el Presidente de la misma.

Como responsables de una organización eclesial y estímulo para los demás cofrades, los miembros de la Junta Directiva deberán mostrar una vida cristiana coherente. No podrán ser elegidos para cargos directivos aquellos cofrades cuya vida esté pública y notoriamente en contradicción con la fe y moral cristianas en lo personal, familiar y social. Además, se les exigirá a los miembros de la Junta Directiva haber cumplido la mayoría de edad, un mínimo de 3 años de antigüedad como miembro de la Hermandad, y en el caso del Presidente, no podrá ostentar dicho cargo en ninguna otra hermandad o cofradía. Para el resto de cargos de la Junta Directiva, si se considerara necesario, se le aplicará el mismo status. Estas limitaciones se desarrollarán en el Reglamento Interno de la Hermandad.

El Presidente de la Hermandad será elegido para un período de cuatro años y sólo podrá ser reelegido para 3 mandatos consecutivos.

Las competencias de la Junta Directiva son especialmente las siguientes:

-Ejecutar los acuerdos válidos de las Asambleas Generales, que no se hayan encomendado a una comisión especial.
-Preparar la memoria y el proyecto de actividades para cada año.
-Aprobar el estado de cuentas y el presupuesto que se han de presentar a la Asamblea General.
-Ejecutar los acuerdos válidos de las Asambleas Generales, que no se hayan encomendado a una comisión especial.
-Preparar la memoria y el proyecto de actividades para cada año.
-Aprobar el estado de cuentas y el presupuesto que se han de presentar a la Asamblea General.
-Preparar el orden del día de las Asambleas Generales.
-Admitir los nuevos miembros y decidir su expulsión.
-Gobernar el funcionamiento ordinario de la Cofradía y estar atenta a cuanto se refiera al cumplimiento de los estatutos y acuerdos que se tomen.
-Organizar aquellos actos que se consideren convenientes en orden a cuidar la formación y espiritualidad de sus miembros.
La Junta Directiva se reunirá de forma ordinaria con una periodicidad determinada, y extraordinariamente siempre que sea convocada por el Presidente o lo pida un tercio de los miembros de la misma.

La misma Junta Directiva determinará la forma de celebrar sus reuniones.

Artículo 12°. Presidente

El Presidente de la Cofradía ostenta la representación legal de la misma. Es elegido por la Asamblea General en convocatoria extraordinaria, debiendo ser confirmado por el Obispo diocesano. El Secretario en funciones de la Junta Directiva saliente pedirá la confirmación del elegido en el plazo de ocho días hábiles a partir del día de la aceptación de la elección. Hasta que el elegido no sea confirmado por el Obispo, la elección no surte efecto.

Además de los requisitos exigidos por el derecho y los indicados en el artículo anterior, la Cofradía establecerá los que crea convenientes.

Al Presidente corresponden las siguientes funciones, además de la representación legal anteriormente indicada y otras que la Cofradía quiera asignarle:
-Presidir y dirigir las Asambleas Generales y las reuniones de la Junta Directiva.
-Ordenar la convocatoria y señalar el orden del día de las reuniones.
-Visar las actas.
-Dirigir las votaciones y levantar las sesiones.
-Comunicar al Obispo diocesano los miembros elegidos para formar la Junta Directiva, así como el estado anual de cuentas y el cambio de domicilio social si lo hubiere.
-Presentar al Obispo diocesano las modificaciones de los estatutos y, si llegase el caso, la propuesta de extinción de la Cofradía para su aprobación.

La convocatoria de elección a Presidente debe hacerse con la debida antelación para que puedan presentarse candidatos diferentes que reúnan las condiciones requeridas, siempre que su candidatura esté avalada por un número total de 15 hermanos, así como se establece su presentación con cinco días de antelación a la celebración de la asamblea, por carta certificada y remitida al secretario por correo certificado con acuse de recibo. Serán abiertas públicamente en la asamblea extraordinaria convocada con motivo de las elecciones. La no comparecencia de candidatos se entenderá como renuncia expresa En el Reglamento Interno de la Hermandad se recogerá la variación de los avales según el porcentaje de hermanos.

Artículo 13 °. Vicepresidente

El Vicepresidente sustituye al Presidente en todas sus funciones cuando éste no pueda actuar, o en aquellas que le sean delegadas en su caso. En caso de fallecimiento o enfermedad grave, asumirá la presidencia durante un máximo de tres meses, al término del cual deberá convocar elecciones.

Artículo 14°. Secretario

El Secretario de la Cofradía, que lo es también de la Junta Directiva, tiene los siguientes cometidos:

-Dar curso por encargo del Presidente a las convocatorias de las reuniones de la Asamblea General o la Junta Directiva.
-Levantar acta de las reuniones de los órganos de gobierno de la Cofradía, en la que figuren los temas tratados y los acuerdos tomados.
-Llevar el registro de altas y bajas de los cofrades con expresión de nombre, apellidos y domicilio de los inscritos.
-Expedir certificaciones de los documentos de la Cofradía con el visto bueno del Presidente.
-Seguir la correspondencia oficial de la Cofradía y conservar los oficios que reciba, anotando al margen las fechas de las contestaciones.
-Comunicar al ordinario del lugar, después de las elecciones a Presidente, el nombre designado por la Asamblea como tal, en los ochos días hábiles posteriores a su elección.

Artículo 15º. - Vicesecretario

El Vice-secretario sustituye al secretario en todas sus funciones cuando éste no pueda actuar, o en aquellas que le sean delegadas en su caso. Especialmente se le encomienda las funciones de archivero, que son:

-Catalogar, organizar, clasificar y custodiar los documentos de la hermandad y especialmente los que procedan de la Secretaría de la misma
-Depositar en el Archivo Histórico Diocesano la documentación histórica.
-Apoyar al Secretario en todas las tareas que éste le requiera o precise.

Artículo 16°.- Tesorero

Las tareas del Tesorero son las siguientes:
-Administrar los bienes de la Cofradía de acuerdo con la legislación canónica, lo que determinen los estatutos y lo decidido por la Asamblea General. Siempre con el visto bueno del Presidente.
-Preparar el estado de cuentas del ejercicio económico y los presupuestos ordinario y extraordinario anuales.
-Reclamar a los cofrades las cuotas establecidas.
-Mantener actualizado el inventario de cuantos bienes muebles e inmuebles posea la Cofradía.

Artículo 17º.- Vocal Cotanero.

Las tareas del Vocal Cotanero consisten en el mantenimiento y cuidado de los enseres durante todo el año, así como la preparación de los mismos para el desfile procesional o los cultos y actividades propias de la hermandad.

Artículo 18º.- Vocal de Organización.

Las tareas del Vocal de Organización son:

- Organizar los desfiles de la Hermandad así como todos los actos que establezca la Junta Directiva.
- Formar un grupo de celadores que conformarán el grupo de Organización y que estará bajo su responsabilidad directa, cuyas funciones y obligaciones se desarrollarán en el Reglamento Interno de la Hermandad.

Artículo 19º.- Vocal de protocolo y comunicación.

Las tareas del Vocal de protocolo y comunicación son:

-Organizar el protocolo de la Hermandad en los actos y cultos de la misma.
-Recibir a los representantes de las hermandades y cofradías en los actos que se requiera, y de forma especial, en los desfiles y actos litúrgicos, así como a las autoridades civiles y eclesiásticas.
-Ocuparse de los medios de comunicación propios de la Hermandad, así como de la relación de la misma con las instituciones, medios de comunicación y el resto de hermandades y cofradías.
-Asistir al secretario en las funciones que le sean propias, como invitaciones o actualización de listado de protocolo.

Artículo 20º.- Vocal de caridad.

Las tareas del Vocal de caridad son:

-Atención de las necesidades básicas de los propios cofrades en la medida de las posibilidades económicas, materiales o humanas de la Hermandad.
-Crear proyectos de carácter caritativo o humanitario que tenga como fin el apoyo económico, material o humano de diferentes sectores de la sociedad, que deberá ser aprobado por la Junta Directiva y por la Asamblea General.
-Formar, si lo considera conveniente, un grupo de Caridad que lo apoye en las actividades encomendadas.

Artículo 21º.- Vocal de liturgia.

Las tareas del Vocal de Liturgia son:

-Preparar los diferentes cultos litúrgicos que organice la hermandad en total colaboración con el Capellán de la misma, especialmente de los cultos en honor de Nstro. Señor Jesús Luz y Vida que se organiza en el tiempo de Cuaresma, y cuya finalidad, es conseguir la máxima solemnidad de cada uno de ellos, así como el desarrollo de los mismos según las normas litúrgicas propias de la Iglesia.
-Atender la capilla donde reciba culto Nstro. Señor Jesús Luz y Vida, asegurándose que recibe la adecuada veneración pública, así como de todos aquellos lugares temporales donde pueda trasladarse la imagen para un culto particular o de forma transitoria.
-Encargarse, junto al Vocal Cotanero, de todo lo necesario para los cultos de la Hermandad, como es, la presencia de los emblemas de la misma durante el desarrollo de los actos sacramentales, y muy especialmente, de los objetos litúrgicos.
-Formar, si lo considera conveniente, un grupo de Liturgia que lo apoye en las actividades encomendadas.

Artículo 22. – Vocal de hermanos de paso.

El vocal de hermanos de paso es un cargo de plena confianza del Presidente y cuya función es representar a la Junta Directiva ante los hermanos de paso, así como presentar las reivindicaciones de los mismos ante la Junta. Este cargo es incompatible con ocupar el puesto de Jefe de Paso. Se recomendará que este cargo lo ocupe un hermano de paso.

Artículo 23°.- Capellán

El capellán será nombrado por el Ordinario del lugar, previa consulta, si lo estima conveniente, a la Junta Directiva, para un período de tiempo determinado. Podrá ser removido por quien lo nombró, de acuerdo con lo establecido en el Derecho Canónico
Vigente.

Su tareas fundamentales son:
-Ejercer el ministerio pastoral a favor de la Cofradía.
-La animación y formación espiritual de los cofrades.
-Contribuir a que la Cofradía mantenga siempre su carácter eclesial y su finalidad religiosa.
-Fomentar la sintonía y participación de la Cofradía en los planes pastorales diocesanos, de acuerdo con sus objetivos.
-Presidir los actos de culto que organice la Cofradía y los desfiles procesionales correspondientes.
-Asistir a las Asambleas Generales y a las reuniones de la Junta Directiva con voz pero sin voto.

Art. 24º.- Camareras.

Las Camareras serán nombradas por la Junta Directiva, y salvo que pudiera disponerse en contra, tendrán carácter indefinido, aunque no formarán parte de la Junta. De forma particular se les pueda solicitar su opinión en temas específicos asociados a sus tareas. Éstas consistirán en el cuidado de la imagen titular de la Hermandad, así como del estado de la imagen en su exposición al culto público.

Artículo 25º.- Asesor artístico

El Asesor Artístico será nombrado por la Junta Directiva, y salvo que pudiera disponerse en contra, tendrá carácter indefinido, aunque no formará parte de la Junta. Sus tareas consistirán en asesorar a la Junta Directiva en todos los aspectos concernientes a la estética de la hermandad, al valor artístico del patrimonio de la misma, así como manifestarse ante cualquier cambio, innovación, restauración o adquisición patrimonial que pudiera realizar la Hermandad.

Artículo 26º.- Jefe de paso.

El jefe de paso será nombrado por la Junta Directiva, siendo un cargo de confianza de la misma pero sin formar parte de ella. El nombramiento de este cargo se hará previa consulta con los hermanos de paso y siempre intentando que el cargo lo ocupe el de mayor antigüedad.

domingo, 8 de febrero de 2009

Proyecto de Estatutos (Capítulo II)

II. MIEMBROS

Artículo 5°.- Condiciones requeridas y procedimiento de admisión

Podrán ser miembros de la Hermandad aquellos hombres y mujeres que reúnan las condiciones exigidas por la legislación de la Iglesia y sus estatutos. Estas condiciones son:

1. Ser católico (lo que deberá justificarse mediante certificado de bautismo en el momento de la admisión).
2. No haber rechazado públicamente la fe católica
3. No haberse apartado públicamente de la comunión eclesiástica y no encontrarse en curso de una excomunión impuesta o declarada.

Los menores de edad necesitan autorización de aquella o aquellas personas que ejerzan la patria potestad, hasta que ellos por sí mismos puedan renovar el compromiso de cofrade.

Para ser admitido como miembro se deberá solicitar a la Junta Directiva por escrito. Dicha Junta Directiva deberá pronunciarse sobre la aceptación del candidato.

Así mismo, conforme a los deseos de nuestros fundadores, y tal y cómo recogen los estatutos promulgados el 3 de Mayo de 1988, se espera de los cofrades que se caractericen por el respeto al Nombre de Dios, de la Stma. Eucaristía y de la Virgen María, la asidua participación en la Santa Misa y llevar una vida acorde con la condición del discípulo de Cristo.

Artículo 6°.- Derechos y obligaciones.

Los derechos de todos cofrades son:
1. Participar con voz y voto en las Asambleas Generales (para ejercer el derecho al voto es preciso haber cumplido la mayoría de edad).
2. Tener voto activo y pasivo (elegir y ser elegidos) para los cargos directivos (únicamente aquellos que gocen de mayoría de edad).
3. Disfrutar de los beneficios que obtenga la Cofradía.

Y las obligaciones son:
1. Procurar asistir a las celebraciones sacramentales y demás actos de culto así como aquellas jornadas de formación cristiana que pueda organizar la hermandad.
2. Especialmente resaltamos entre los cultos de la hermandad, la procesión penitencial del Sábado de Dolores o de Pasión, víspera del Domingo de Ramos, así como la celebración de la Vigilia Pascual en la noche del Sábado Santo.
3. Asistir a cuantas actividades de carácter religioso o cultural organice la hermandad.
4. Asistir a la Asamblea General, especialmente aquellas en las que se tomen decisiones importantes para la vida de la cofradía (acuerdos, elección de cargos directivos, etc.).
5. Contribuir con la cuota que establezca la Asamblea General.
6. No hacer uso indebido o impropio del hábito, signos o símbolos representativos de la Cofradía.
7. Aceptar las disposiciones de los estatutos y las decisiones válidas de la Asamblea General, reunida tanto en sesión ordinaria como extraordinaria, y de la Junta Directiva.

Artículo 7º - Clases de miembros.

Dentro de la hermandad se diferencian los siguientes tipos de hermanos:

1. Hermanos/as de túnica: Deberán desfilar con el hábito reglamentario, que constará de túnica blanca, similar al hábito de coro del císter, con zapato y calcetín negro. Portarán el anagrama de la hermandad en relieve sobre el medallón. Sus derechos son los anteriormente citados. Sus obligaciones consisten en atender todas las indicaciones que se les ofrezca desde la Organización de la procesión, así como mantener una actitud de respeto y recogimiento durante todo el desfile y en los actos litúrgicos que organice la hermandad. En el Reglamento Interno de la Hermandad se especificará el desarrollo de los mismos.

2. Hermanos/as de carga: Son todos aquellos cofrades adscritos como cargadores. Sus derechos son los anteriormente citados. Sus obligaciones consisten en atender todos los requerimientos de su Jefe de Paso, de la Organización del Desfile y de la Junta Directiva durante los actos de hermandad en los que se precise su asistencia, así su disposición al traslado de la mesa procesional y de la imagen cuando sea preciso o cuando se lo reclame la Junta Directiva. En el Reglamento Interno de la Hermandad se especificará el desarrollo de los mismos.

3. Hermanos de coro: Son todos aquellos cofrades adscritos como integrantes del Coro y cuya función es acompañar con sus voces los actos de Hermandad en los que se precise su actuación. Sus derechos son los anteriormente citados. Sus obligaciones consisten en atender todos los requerimientos de su Director de Coro, de la Organización del Desfile y de la Junta Directiva durante los actos de hermandad en los que se precise su asistencia, y específicamente, en los cultos litúrgicos propios de la Hermandad. En el Reglamento Interno de la Hermandad se especificará el desarrollo de los mismos.

4. Cuarteto: Son todos aquellos cofrades adscritos como integrantes del grupo de música de la Hermandad y cuya función es acompañar musicalmente los actos de la Hermandad en los que se precise su actuación. Sus derechos son los anteriormente citados. Sus obligaciones consisten en atender todos los requerimientos de su Director musical, de la Organización del Desfile y de la Junta Directiva durante los actos de hermandad en los que se precise su asistencia. En el Reglamento Interno de la Hermandad se especificará el desarrollo de los mismos.

5. Hermanos/as Celadores: Son todos aquellos cofrades adscritos como miembros del grupo de Organización. Sus derechos son los anteriormente citados. Sus obligaciones consisten en atender las órdenes del Vocal de Organización durante las procesiones de la Hermandad, así como asistir a todos los actos que le requiera la Junta Directiva. En el Reglamento Interno de la Hermandad se especificará el desarrollo de los mismos.

6. Mayordomos: Son aquellos hermanos que por orden de antigüedad desempeñan este cargo honorífico durante un período de un año. Se designarán 6 hermanos/as por riguroso orden de lista. En todas las celebraciones de la Hermandad ostentarán un lugar de preferencia.

Artículo 8º. – Cargos honoríficos.

Los Cargos Honoríficos que se reconocen en esta Hermandad, a propuesta de la Junta Directiva o de cualquier otro hermano/a, y confirmado por la Asamblea General son los de:

-Capellán de Honor: que recae en el Obispo de Zamora.
-Presidente de Honor: reconocido desde la fundación de la Hermandad en la persona de Manuel Espías Sánchez.
-Mayordomos Honorarios: que recae en todas las hermandades y cofradías de la Semana Santa de Zamora, a tenor del espíritu fundacional de la Hermandad, y cuyas representaciones ostentarán un lugar de honor en los desfiles de la Hermandad.
-Hermano Mayor: Todas aquellas personas, instituciones, asociaciones o colectivos que se distingan por su servicio a la Hermandad.
-Hermano de Mérito: Todos aquellos cofrades que se distingan por su servicio a la Hermandad, resaltando de forma especial, los hermanos fundadores de la misma.

Artículo 9°.- Bajas

Los miembros de la Hermandad podrán causar baja por iniciativa propia o por decisión de la Hermandad, con causa justa y de acuerdo con la norma del derecho y los estatutos. Entre las causas estarán, además de lo establecido en el propio Código de Derecho Canónico, el incumplimiento reiterado e injustificado de sus obligaciones y la comisión de una falta grave a juicio de la Junta Directiva, entre las que resaltamos:

1. El impago de tres cuotas.
2. El comportamiento inapropiado en los actos de la Hermandad, y muy especialmente, durante el desfile penitencial.

En el Reglamento Interno de la Hermandad se desarrollarán los diferentes tipos de faltas.

La expulsión sólo podrá hacerla la Junta Directiva después de haber amonestado y oído previamente a las partes, al interesado y a los miembros de la Organización, incoando un expediente que busque aclarar el conflicto.

La Junta Directiva podrá además imponer sanciones relativas a la privación de algún derecho por tiempo determinado o con carácter definitivo, las cuáles se recogerán en el Reglamento Interno de la Hermandad.

sábado, 7 de febrero de 2009

Proyecto de Estatutos (Preámbulo y Capítulo I)

PREÁMBULO

La Hermandad Penitencial de Nstro. Señor Jesús Luz y Vida, se constituye en Zamora, bajo la idea generada en el Pregón de la Semana Santa del año 1987 por Manuel Espías Sánchez, de ser:

“un recuerdo solemne, oficial y entrañablemente fraterno para todos aquellos zamoranos – cofrades o no – que hicieron posible Nuestra Semana Santa y duermen ya el sueño de la Paz”

A ellos nos mueve, también, la recomendación de Nuestra Santa Madre Iglesia que nos dice ser “obra santa y piadosa orar por los muertos” (2 Mac 12,46), y secundando las directrices del Concilio Vaticano II que en su Decreto sobre el Apostolado de los Seglares, insiste en “un apostolado ejercitado en la fe, en la esperanza y en la caridad” (Decreto Apostolado de los Seglares, cap. I,3) y que “guardando la relación debida con la autoridad eclesiástica los seglares tienen derecho a fundar y dirigir asociaciones (Cap. IV. 19. Multiplicidad de formas del Apostolado organizado).

Bajo estos supuestos, la Hermandad Penitencial de Nuestro Señor Jesús Luz y Vida, en sintonía con sus principios fundacionales y con los fines naturales de cualquier asociación pública de fieles, se compromete a dirigir sus esfuerzos en la oración por las almas de los difuntos, en el recuerdo y homenaje a todos aquellos que hicieron posible nuestras cofradías y la celebración de la Semana Santa así como el culto a nuestro titular, Nstro. Señor Jesús Luz y Vida. Además, por las propias características de nuestra hermandad, debemos remarcar el estrecho lazo que nos une con el Cementerio de San Atilano de esta ciudad de Zamora, así con la Hermandad de las Benditas Ánimas de San Atilano, lugar donde reposan en paz nuestros antepasados. Por último, constituidos como hermandad penitencial, no olvidamos el misterio central de nuestra fe, la Resurrección de Nstro. Señor Jesucristo, y tal y como es costumbre desde que se fundó esta cofradía, mantenemos como eje central de la vida interna de la hermandad la celebración de la Pascua en la noche del Sábado Santo al Domingo de Resurrección.

I. NATURALEZA Y FINES

Artículo 1 °.- Naturaleza


La Hermandad Penitencial de Nstro. Señor Jesús Luz y Vida es una asociación pública de fieles, con personalidad jurídica (propia), erigida en la diócesis de Zamora, al amparo de lo determinado en el Código de Derecho Canónico.

La Hermandad se regirá por los presentes Estatutos, las normas diocesanas y las disposiciones del Derecho Canónico vigente que le sean aplicables. También se regirá en aquello que le es propio, y completando estos Estatutos, por un Reglamento de Régimen Interior, que regulará todos los aspectos que son susceptibles de modificaciones coyunturales.

Artículo 2°.- Domicilio social

La Hermandad tiene su sede canónica en la Santa Iglesia Catedral de Zamora y su domicilio social en las Oficinas de la Junta Pro Semana Santa, las cuales no son propiedad de la Hermandad.

Artículo 3°.- Fines de la Cofradía

1. Fomentar una vida más perfecta en consonancia con el Evangelio y promover el culto público y las celebraciones litúrgicas, así como la formación de todos sus miembros.
2. Promover la vivencia del Misterio Pascual, de la muerte, sepultura y Resurrección de Nstro. Señor Jesucristo a través de las prácticas cuaresmales y la participación en los Oficios Litúrgicos de la Semana Santa, sobre todo en la Vigilia Pascual, en la S.I. Catedral.
3. Perseverar en la oración por los difuntos, especialmente por todos aquellos que han hecho posible la Semana Santa de Zamora y profundizar en el sentido cristiano de la muerte y de la vida eterna.
4. Promover la devoción a nuestra advocación titular, Nstro. Señor Jesús Luz y Vida.
5. Promover un compromiso caritativo y social de todos los integrantes de la Hermandad a favor de los más necesitados.

Artículo 4º. – Símbolos y emblemas de la Hermandad.

La imagen titular de la Hermandad es la talla de Nstro. Señor Jesús Luz y Vida, obra de Hipólito Pérez Calvo. El anagrama de la misma, el cual representa a la hermandad, consiste en la efigie de la cara de Jesús de la que emanan rayos de luz y de vida, acorde con la denominación específica de la misma. Además, se consideran como símbolos de la misma las andas de la corona floral, los estandartes con los lemas “YO SOY LA LUZ DEL MUNDO, EL QUE ME SIGA TENDRÁ LA LUZ DE LA VIDA”, “YO SOY EL CAMINO, LA VERDAD Y LA VIDA… NADIE VA AL PADRE SINO POR MÍ” y “YO SOY LA RESURRECCIÓN Y LA VIDA, EL QUE CREE EN MÍ, AUNQUE MUERA, VIVIRÁ” y el Libro en el cual se inscriben los hermanos difuntos de la misma.

Homenaje a D. Alfonso Cirac

Fotomontaje realizado por Jesús Salvador

Como ya anunciamos en este blog, D. Alfonso Cirac pidió al Obispo su relevo en la capellanía de la Hermandad, así como de sus otros cargos, debido a la enfermedad que sufre. Durante este tiempo, y según él mismo nos ha relatado, ha vivido altibajos que le ha permitido seguir con su ministerio sacerdotal. Así, la hermandad consideró que se podía celebrar un homenaje público en el cual todos aquellos que quisieran pudieran participar. Pero ante el temor de una recaída, la Junta Directiva varió sus planes y se tomó la decisión de visitarle en su propio hogar y ofrecerle un regalo como recuerdo de la Hermandad. El montaje fotográfico realizado por Jesús Salvador le fue entregado esta misma tarde en nombre de todos los cofrades de la Hermandad, al cual respondió D. Alfonso con su inquebrantable cariño. La Junta Directiva le ha pedido, que si su salud se lo permitiera, predicara algún día del Triduo, a lo cual D. Alfonso aseguró que siempre que pueda acompañaría a la Hermandad en todos sus actos.




Fotos realizadas por Jesús Salvador

miércoles, 4 de febrero de 2009

Avisos

La Junta Directiva abre un último período para la recogida de los medallones. Recordamos que sin el medallón no será posible la salida en el desfile penitencial. En este caso las fechas serán las siguientes:


Jueves, 5 de Febrero
19.oo - 21.00

Viernes, 6 de Febrero
19.00 - 21.00

Sábado, 7 de Febrero
17.00 - 20.00


Salones de la Junta Pro Semana Santa (junto al Museo)


--xxx--


Además, recordamos que durante esos días se repartirán el borrador de estatutos que será presentado el próximo 28 de Febrero en la Asamblea General Extraordinaria. A partir de las semana que viene, con la convocatoria escrita que recibirán todos los hermanos, se comunicarán los establecimientos donde se podrá recoger. Además, el sábado 7, comenzaremos a publicar el proyecto de estatutos en este blog, que por su extensión, nos vemos obligados a hacerlo capítulo a capítulo. Las alegaciones se podrán realizar hasta el lunes 23, por escrito y en la dirección de la Secretaría de la Hermandad.

* Rectificamos la fecha de alegaciones, retrasándola hasta el Miércoles 25 de Febrero (Miércoles de Ceniza)

lunes, 2 de febrero de 2009

Acuerdos de Junta Directiva

Reunida hoy la Junta Directiva de la Hermandad, se han tomado los siguientes acuerdos, por cuya importancia hacemos público los siguientes puntos:

- Aprobación del proyecto de estatutos que será presentado en la próxima Asamblea General.

- Convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria por parte del Presidente, D. Jesús de la Concepción, para el Sábado 28 de Febrero, y cuyo punto principal del orden del día será la aprobación del proyecto de estatutos.

- Convocatoria de la Asamblea General Ordinaria por parte del Presidente que se celebrará a continuación de la asamblea extraordinaria.

Además, se comunica que la celebración del Triduo en honor de nuestro titular, Nstro. Señor Jesús Luz y Vida, tendrá lugar los días, 26, 27 y 28 de Febrero, en la S.I. Catedral. Los horarios, así como el cartel anunciador, se publicarán en este blog en las próximas semanas.

El proyecto de estatutos será publicado en este blog capítulo a capítulo a partir del próximo sábado.

Los cofrades de la Hermandad recibirán en su domicilio la convocatoria por escrito, así como las fechas de recogida del proyecto de estatutos, el período de alegaciones y el resto de información necesaria para el desfile penitencial. Los próximos días de recogida de medallón, 5, 6 y 7 de Febrero, se repartirán también copias del proyecto de estatutos en las oficinas de la Junta Pro Semana Santa (C/Orejones), para así ir agilizando la entrega de los mismos.